La crisis de pareja en caso de hijos o progenitores con discapacidad.

Autores/as

  • JUAN JOSE NEVADO MONTERO

Palabras clave:

Patria potestad, crisis de pareja, personas con discapacidad, pensión de alimentos, guarda y custodia

Resumen

Tras la crisis de pareja, se organiza de forma diferente el núcleo familiar, y es necesario establecer en la resolución que regule las medidas paternofiliales como se van a llevar a cabo las tareas de los progenitores comprendidas en el ámbito de la patria potestad.

Entre las cuestiones a regular se encuentran el régimen de guarda y custodia de los hijos menores de edad, las pensiones de alimentos si proceden, y la atribución del uso de la vivienda familiar, en su caso.

Cuando hijos o progenitores son personas con discapacidad, dicha circunstancia deberá tenerse en cuenta para establecer las medidas.

Publicado

31-08-2021

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. FAMILIA (2013-2021)

Cómo citar

La crisis de pareja en caso de hijos o progenitores con discapacidad. (2021). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 786. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/730