La Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, fundada en 1925 y editada por el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, ha pretendido desde su origen contribuir a la investigación en el ámbito del derecho privado. Para ello ha sido siempre fundamental asegurar la calidad de los artículos y trabajos publicados, así como el cumplimiento de unos estándares de ética editorial que permitan configurarla como una referencia esencial para la comunidad científica.
Los principios que en la actualidad inspiran a la Revista están basados en la Guía Cope de Buenas Prácticas para Editores de Publicaciones (https://publicationethics.org/resources/guidelines). El objetivo último es que, durante todo el proceso, desde que un autor solicita la publicación de su trabajo hasta que el lector accede a su contenido, se mantenga un comportamiento ético irreprochable. De igual forma resulta fundamental la observancia de los principios de transparencia que en la actualidad exigen las distintas agencias de calificación editorial.
A) Normas sobre propiedad de la Revista y sus órganos de gobierno:
En la página web de la Revista aparece con total claridad que el editor titular de la misma es el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. De igual forma se incorpora un anexo con las Normas Reguladoras de Organización de la Revista (enlace), donde se definen las competencias de los diferentes órganos de gobierno.
B) Normas que garantizan el respeto al principio de igualdad:
La Revista garantiza que en el proceso de selección de los textos a publicar solo se examinará el contenido intelectual de los trabajos, sin que en ningún caso puedan tenerse en cuenta el sexo, la raza, la nacionalidad, las creencias religiosas o el pensamiento político de los autores.
De igual forma, se mantendrá un estricto respeto al principio de igualdad género y de no discriminación por razón de sexo, raza, creencias religiosas o pensamiento político para la formación de los órganos de gobierno de la Revista, procurando avanzar hacia una progresiva paridad entre hombres y mujeres en los mismos.
C) Normas de transparencia en el proceso de evaluación de trabajos:
El proceso de selección de trabajos para su publicación en la Revista está claramente definido en un protocolo que aparece publicado en la página web (enlace) para su conocimiento por autores y suscriptores. Dicho protocolo está basado en los siguientes principios:
D) Normas que garantizan la originalidad de los trabajos publicados:
E) Derechos de autor:
El autor, de conformidad con las Condiciones Generales del Contrato de Colaboración, cederá, por medio del contrato que suscribe con la Revista al presentar un trabajo a publicación (enlace), todos los derechos de propiedad intelectual, industrial, de imagen o de cualquier otra índole sobre los trabajos que finalmente se publiquen en la Revista.
En dichas Condiciones Generales y en el contrato suscrito se especifican los derechos económicos que, en su caso, devengará el colaborador.
F) Acceso a los contenidos de la Revista:
La Revista es accesible a todos los suscriptores, según la modalidad de contrato que suscriban. Las diferentes modalidades de contrato de suscripción y sus respectivos precios aparecen publicadas en la web, junto con el texto de las Condiciones Generales del Contrato de Suscripción (enlace).
G) Fuentes de ingresos de la Revista:
Las tarifas pagadas por los suscriptores serán la principal fuente de ingresos. La Revista no contiene publicidad.
H) Servicio de atención al público:
La Revista, a través de su Secretaría, atenderá y resolverá las quejas, reclamaciones o sugerencias presentadas por los autores, suscriptores o público en general sobre cualquier aspecto relacionado con el cumplimiento del presente Código de Buenas Prácticas.