La crisis de pareja en caso de hijos o progenitores con discapacidad.
Palabras clave:
Patria potestad, crisis de pareja, personas con discapacidad, pensión de alimentos, guarda y custodiaResumen
Tras la crisis de pareja, se organiza de forma diferente el núcleo familiar, y es necesario establecer en la resolución que regule las medidas paternofiliales como se van a llevar a cabo las tareas de los progenitores comprendidas en el ámbito de la patria potestad.
Entre las cuestiones a regular se encuentran el régimen de guarda y custodia de los hijos menores de edad, las pensiones de alimentos si proceden, y la atribución del uso de la vivienda familiar, en su caso.
Cuando hijos o progenitores son personas con discapacidad, dicha circunstancia deberá tenerse en cuenta para establecer las medidas.