OBLIGACIÓN DE LOS PADRES DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD CON DISCAPACIDAD.

Autores/as

  • DE LA IGLESIA MONJE, Mª ISABEL

Palabras clave:

HIJO MAYOR DE EDAD DISCAPACITADO, PENSIÓN DE ALIMENTOS

Resumen

La discapacidad de un hijo mayor de edad no determina por sí misma la extinción o la modificación de los alimentos que los padres deben prestarle y deberán equipararse a los que se entregan a los menores mientras se mantenga la convivencia del hijo en el domicilio familiar y se carezca de recursos. Es obligación de los padres la asistencia de todo orden a sus hijos, no solo menores.

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Publicado

28-02-2015

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. PARTE GENERAL (2013-2021)

Cómo citar

OBLIGACIÓN DE LOS PADRES DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD CON DISCAPACIDAD. (2015). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 747, 355 a 370. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/1589