La suerte del Derecho civil valenciano tras los recientes pronunciamientos del Tribunal Constitucional
Palabras clave:
Derecho civil foral, Competencia legislativa de las Comunidades Autónomas, Fueros de Valencia, Derecho consuetudinario, Declaración de inconstitucionalidadResumen
Este artículo tiene por objeto el análisis de la doctrina del Tribunal Constitucional a propósito de la competencia de la Generalitat Valenciana para legislar sobre derecho civil. Se revisan los distintos pronunciamientos habidos hasta la fecha y, en especial, los más recientes, que han traído consigo la declaración de nulidad de las Leyes de Régimen Económico Matrimonial Valenciano; la Ley de Parejas de Hecho Formalizadas de la Comunidad Valenciana (únicamente en sus aspectos estrictamente civiles); y la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Relaciones Familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, dictadas al amparo de la nueva configuración dada a la competencia por la Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana acometido en 2006. También se estudian los votos particulares emitidos por el Magistrado José Antonio XIOL RÍOS con ocasión del pronunciamiento de las tres Sentencias. El autor se muestra conforme con la interpretación que el Tribunal Constitucional ha sentado a propósito de los límites constitucionales para el ejercicio de la competencia y, en consecuencia, con los que delimitan la capacidad normativa de la Generalitat Valenciana en este campo.