OMISIÓN Y RESPONSABILIDAD CIVIL.
Palabras clave:
RESPONSABILIDAD CIVILResumen
El artículo 139.2 de la LRJPAC estableció los requisitos que han de concurrir para que el daño alegado sea indemnizable: «En todo caso, el daño alegado habrá de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas». En este artículo me refiero a estos requisitos del daño y entro en el análisis de un supuesto práctico muy interesante, que tuve ocasión de estudiar con motivo de mi trayectoria profesional y especialización en este ámbito.
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Publicado
01-01-2007
Número
Sección
DICTÁMENES Y NOTAS
Cómo citar
OMISIÓN Y RESPONSABILIDAD CIVIL. (2007). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 702, 1731 a 1756. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2690