NO TODA OBLIGACIÓN SE EXTINGUE CUANDO EN EL OBLIGADO RECAE EL DERECHO A EXIGIR EL CUMPLIMIENTO.

Autores/as

  • MORATILLA GALÁN, ISABEL

Palabras clave:

CONFUSIÓN DE DERECHOS

Resumen

La confusión, y consiguiente extinción de obligaciones establecidas, no puede afectar a los derechos independientes de los actos de la persona en quien se hayan reunido los caracteres de acreedor y deudor. La aludida circunstancia se da en la cesión de créditos al deudor, siempre que los créditos sean susceptibles de transmisión y en la herencia del acreedor por el deudor cuando éste no acepta la herencia a beneficio de inventario.

Publicado

30-06-2008

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. OBLIGACIONES Y CONTRATOS (2005-2012)

Cómo citar

NO TODA OBLIGACIÓN SE EXTINGUE CUANDO EN EL OBLIGADO RECAE EL DERECHO A EXIGIR EL CUMPLIMIENTO. (2008). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 707, 1380 a 1384. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2589