ALIMENTOS ENTRE HERMANOS.
Palabras clave:
DERECHO DE ALIMENTOS, HERMANOSResumen
La obligación de alimentos entre hermanos es una obligación familiar derivada y sobrevenida por su vinculación familiar basada en la solidaridad familiar. Está inspirada en el principio constitucional de igualdad ante la ley. Se equipara el derecho de alimentos entre toda clase de hermanos, siendo uno de sus caracteres esenciales la reciprocidad. Se requiere además del vínculo, la existencia de un estado de necesidad en el alimentista, y la capacidad económica en el alimentante, y existe, desde el momento mismo en el que nace la necesidad del alimentista.