REDUCCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS POR EL NACIMIENTO DE NUEVOS HIJOS.
Palabras clave:
ALIMENTOS HIJOS, NO REDUCCIÓN POR NACIMIENTO DE NUEVOS HIJOSResumen
El nacimiento de nuevos hijos, fruto de una relación posterior, no supone, por sí solo, causa suficiente para dar lugar a la modificación de las pensiones alimenticias establecidas a favor de los hijos de una anterior relación, sino que es preciso conocer si la capacidad patrimonial o medios económicos del alimentante es insuficiente para hacer frente a esta obligación ya impuesta y a la que resulta de las necesidades de los hijos nacidos con posterioridad.
Publicado
30-04-2014
Número
Sección
ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. FAMILIA (2013-2021)
Cómo citar
REDUCCIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS POR EL NACIMIENTO DE NUEVOS HIJOS. (2014). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 742, 645 a 659. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/1717