LA RESPONSABILIDAD PARENTAL Y EL CAMBIO DE DOMICILIO DEL MENOR POR EL PROGENITOR CUSTODIO (APORTACIONES DE LA SENTENCIA DEL TS DE 26 DE OCTUBRE DE 2012).
Palabras clave:
PATRIA POTESTAD, EL INTERÉS DEL MENOR, DOMICILIO, CONFLICTO DE INTERESES, GUARDIA Y CUSTODIA, DERECHOS DEL NIÑOResumen
El ejercicio de la patria potestad presenta un complejo conjunto de derechos y obligaciones, de gran responsabilidad y que adquiere mayor complejidad en los casos de separación o divorcio. La distribución de funciones entre los padres no es una tarea fácil ni pacífica que genera un buen número de enfrentamientos entre las partes a pesar del cuidado con que el juez y el legislador las hayan dispuesto. El establecimiento de acuerdos entre las partes ante la eventualidad de crisis en la pareja es otra forma de abordar el problema por algunas legislaciones más modernas. Dentro de esos deberes, se suscita si el cambio del domicilio por el progenitor custodio le corresponde a él, o si por el contrario, es una decisión común de patria potestad. Las consecuencias pueden ser delicadas, si además el cambio del domicilio es a un país extranjero. La jurisprudencia ha ido interpretando el Ordenamiento de forma que a pesar de los intereses enfrentados, la primacía sigue siendo atender lo que mejor convenga al menor.