Peculiaridades del registro de los derechos de autor: su relación con el requisito de la originalidad
Palabras clave:
Registro, Publicidad, Originalidad, Derechos de autor, ObraResumen
La protección automática de la obra y el consecuente reconocimiento de los derechos de autor no está en contradicción con la seguridad jurídica que brinda la actividad registral. Los actuales sistemas de protección de la creación precisan encontrar un fundamento a dicha relación, en la cual desempeña un rol esencial el criterio de la originalidad. Resulta imposible hablar de registro en derechos de autor si no se aborda desde la óptica de la originalidad y su especial relación. El presente artículo tiene como objetivo analizar las particularidades que existen en el registro de los derechos de autor a partir de la relación entre originalidad y actividad registral. El trabajo se divide en tres partes: la primera está dirigida a explicar las particularidades del registro de los derechos de autor con especial referencia a la obra como objeto de registro; posteriormente se abordan los efectos del registro, así como las excepciones que existen en materia de publicidad, y finalmente se trata la relación que existe entre la originalidad como requisito de protección de las obras y el registro. Como principal resultado podemos mencionar la fundamentación de las principales peculiaridades que existen en el registro de los derechos de autor a partir de la relación entre esta actividad y el criterio de la originalidad.