El principio de continuación de la actividad del concursado vs. la par condicio creditorum en la apreciación del daño en las acciones de reintegración concursal.
Palabras clave:
Reintegración, daño masa activa, protección del crédito, preservación de la actividad, par condicio creditorumResumen
Las acciones de reintegración durante el proceso de insolvencia tienen una eficiencia limitada debido al nuevo principio rector del proceso concursal que se añade a la par condicio creditorum. Este nuevo principio es el mantenimiento de la actividad empresarial. La interpretación dada por los tribunales al daño, el cual se necesita para conceder la reintegración, ha armonizado ambos principios atenuando parcialmente este inconveniente. Finalmente, debe resaltarse que la eficiencia de estas acciones es fundamental para la protección del crédito.