Las repercusiones geográficas de los principios hipotecarios tras la Ley 13/2015, de 24 de junio (VI): Principios consecuencia de la inscripción: la oponibilidad y la prioridad registral gráfica.
Palabras clave:
Principio oponibilidad, principio de prioridad, repercusiones geográficas en la descripción de las fincas, georreferenciación catastral, georreferenciación alternativaResumen
La Ley 13/2015 ha supuesto una de las modificaciones más extensas de la Ley Hipotecaria, desde 1946, respecto de la que pretendemos elaborar una interpretación evolutiva, basada en la extensión de su repercusión a todos los principios hipotecarios. Siguiendo el esquema trazado en el primero de los artículos de esta serie nos situamos en este sexto capítulo en los principios consecuencia del valor jurídico-sustantivo de la publicidad registral, derivados de la sustantividad de los pronunciamientos registrales. Es decir, tratamos de los principios de oponibilidad registral y el de prioridad registral de los derechos cuyo título se ha presentado antes en el Registro, respecto a los presentados después, para indagar si la Ley 13/2015 ha introducido repercusiones geográficas respecto de ellos.