La indirecta protección de los derechos habitacionales en el convenio europeo de derechos humanos
Palabras clave:
Derecho de propiedad, Derecho de arrendamiento, Derechos habitacionales, Derechos humanos, Derecho a la vida familiar, Derecho a un proceso equitativo, Derecho a la dignidad humanaResumen
La doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos protege los derechos habitacionales indirectamente a través de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos frente a la actuación de los poderes públicos en relación con el artículo 8, referido a la existencia de una vida familiar que se vería peligrar en el supuesto de la perdida de la vivienda familiar debido a la expulsión de la misma por las autoridades. Derechos habitacionales que también se protegen a través del derecho a un proceso equitativo, del artículo 6 del Convenio. Orden de desalojo del domicilio que puede producir una vulneración por tratos inhumanos y denigrantes, o, simplemente por carecer la vivienda de las características mínimas, afectando con ello a la dignidad humana por humillación y degradación sufridas vulnerándose el derecho a la no discriminación. Derechos y jurisprudencia del TEDH que pueden delimitar al derecho de propiedad.