¿Es la ocultación de la paternidad biológica un daño indemnizable?

Autores/as

  • Mercedes Torres Marco

Palabras clave:

Ocultación de la paternidad, Responsabilidad civil, Daños morales, Filiación, Conducta dolosa o negligente de la madre

Resumen

Las Sentencias del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) 687/1999, de 22 de julio, y 701/1999, de 30 de julio, abrieron el debate sobre la posibilidad de indemnizar los daños morales derivados de la ocultación de la verdadera paternidad. Durante mucho tiempo, el fundamento de la responsabilidad extracontractual en el ámbito de las relaciones familiares ha sido el incumplimiento del deber de fidelidad, circunstancia que no se ajusta a los principios del actual Derecho de Familia ni a la función eminentemente resarcitoria de nuestro Derecho de daños, instituciones sobre las que subyace el objeto del presente trabajo y que son expuestas con carácter previo. A partir de ahí, es necesario analizar la disparidad de posturas jurisprudenciales y doctrinales a favor y en contra del reconocimiento de daños, fundamentalmente, morales, por ocultación de la verdadera paternidad, así como reconsiderar los planteamientos del Tribunal Supremo, en aras a responder a la pregunta de si la ocultación de la paternidad biológica constituye un daño moral indemnizable.

Publicado

28-02-2022

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES. DERECHO DE FAMILIA (2022-2026)

Cómo citar

¿Es la ocultación de la paternidad biológica un daño indemnizable?. (2022). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 789, 440 a 477. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/667