Disposición de la nuda propiedad de la vivienda familiar
Palabras clave:
Vivienda familiar, nuda propiedad, disposición, derecho de uso, consentimientoResumen
La especial finalidad de la vivienda declarada familiar hace que se encuentre especialmente protegidad para que siga cumpliendo su función. Por ello, es lógico que la disposición de la vivienda familiar exija el consentimiento del otro cónyuge no titular de la misma, con el fin de proteger el uso que corresponde a los miembros de la familia. Es decir, las restricciones a la limitación de disponer que establece el 1320 CC corresponden a un especial celo por parte del legislador, con el fin de que la familia siga teniendo un lugar donde vivir, y no se les prive de aquel.
Sin embargo, ¿puede disponerse de la nuda propiedad de la vivienda familiar sin el consentimiento del otro cónyuge no titular? En principio, como la disposición de la nuda propiedad no perjudica al uso que el resto de los familiares puedan tener, la respuesta debe ser positiva. Se analiza en este trabajo si es posible y qué consecuencias tiene la disposición de la nuda propiedad de la vivienda familiar, sin consentimiento del otro cónyuge no titular.