EL RÉGIMEN DE LA COMPRAVENTA DE ACCIONES DE LA SOCIEDAD EN FORMACIÓN EN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, DE 4 DE FEBRERO DE 2009.
Palabras clave:
COMPRAVENTA DE ACCIONES, SOCIEDAD EN FORMACIÓNResumen
La sentencia del Tribunal Supremo, de 4 de febrero de 2009, aborda la naturaleza jurídica del régimen de circulación de las acciones de una sociedad anónima en fundación desde la aplicación absoluta del régimen de cesión de créditos, lo cual puede suponer obviar las características propias de la sociedad en formación y los intereses dignos de protección en esta fase, por lo que la fórmula de la novación del contrato fundacional nos parece la más adecuada en atención a la responsabilidad fundacional existente en dicho período social en formación.