LA DURACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS URBANOS, SU PRÓRROGA Y EL NUEVO DESAHUCIO «EXPRESS» EN LA LEY 19/2009, DE 22 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE FOMENTO Y AGILIZACIÓN PROCESAL DEL ALQUILER Y DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS.

Autores/as

  • ROSANA PÉREZ GURREA

Palabras clave:

ARRENDAMIENTOS URBANOS, DURACIÓN

Resumen

En este trabajo hemos pretendido analizar la duración de los arrendamientos de vivienda, que será la libremente pactada por las partes, si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance la duración mínima de cinco años. Se contemplan excepciones a la prórroga obligatoria del contrato para atender la necesidad del arrendador de ocupar la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial ex artículo 9.3 de la LAU, que ha sido modificado en este sentido por Ley 19/ 2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios. También hemos analizado la prórroga y el desistimiento del contrato en base a los artículos 10 y 11 de la LAU, respectivamente. Finalmente, hemos aludido a las principales modificaciones introducidas en los procesos de desahucio para mejorarlos y agilizarlos, salvaguardando en todo caso los derechos y garantías que protegen al inquilino de buena fe.

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Publicado

30-04-2010

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. OBLIGACIONES Y CONTRATOS (2005-2012)

Cómo citar

LA DURACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS URBANOS, SU PRÓRROGA Y EL NUEVO DESAHUCIO «EXPRESS» EN LA LEY 19/2009, DE 22 DE NOVIEMBRE, DE MEDIDAS DE FOMENTO Y AGILIZACIÓN PROCESAL DEL ALQUILER Y DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS. (2010). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 718, 795 a 805. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2321