El fracaso del sistema Torrens en los Estados Unidos

Autores/as

  • Nicolás Nogueroles Peiró Registrador de la Propiedad y Mercantil. Profesor Asociado de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona

Palabras clave:

Sistema Torrens, Registro de documentos, Inmatriculación, Constitucionalidad, Procedimiento debido-derecho de audiencia

Resumen

El objeto de este trabajo es analizar las causas del fracaso del sistema Torrens en los Estados Unidos. A principios del siglo XX había leyes Torrens en diecinueve estados, hoy solo subsisten en cuatro. El estudio no solo atribuye a los intereses creados la causa del fracaso, sino que va más allá y analiza los errores en el diseño de las leyes, especialmente en el estado de Nueva York. La primera línea de ataque contra el sistema Torrens fue su constitucionalidad al supuestamente no respetar el due proces of law. Esto dio lugar a pronunciamientos de los tribunales constitucionales estatales y a una importante literatura jurídica que muestra una elevada comprensión de lo que significa implantar un registro de derechos. El inadecuado diseño del sistema registral que condujo al fracaso del mismo, en especial en Nueva York, se debió: 1) al establecimiento de un procedimiento, complicado y caro para practicar la inmatriculación de las fincas; 2) a la defectuosa regulación del procedimiento de examen de los títulos y la organización del capital humano; 3) a la inadecuada regulación del fondo de responsabilidad; y 4) a la posibilidad de desinmatricular las fincas, petición de los enemigos del sistema y en contra de las recomendaciones de Robert Torrens. Comprende también una reflexión sobre los enemigos del establecimiento o desarrollo de los sistemas registrales para mostrar que no es una peculiaridad de los Estados Unidos. El trabajo finaliza con unas consideraciones sobre las consecuencias y costes de no elegir el sistema registral adecuado.

Publicado

14-02-2024

Número

Sección

ESTUDIOS

Cómo citar

El fracaso del sistema Torrens en los Estados Unidos. (2024). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 799, 2601-2639. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/23