PROPICIAR Y FACILITAR LAS INSCRIPCIONES EN EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL PERUANO.
Palabras clave:
PROPICIAR Y FACILITAR LAS INSCRIPCIONES, INTERPRETACIÓN TELEOLÓGICA, PERÚResumen
La idea de propiciar y facilitar las inscripciones constituye una finalidad objetiva dispuesta en el TUO del Reglamento General de los Registros Públicos. El medio para obtener esa finalidad es a través de la actividad interpretativa de las instancias registrales (Registrador Público y Tribunal Registral). Partiendo de una postura de indeterminación parcial del Derecho, la actividad interpretativa no se producirá en todos los casos, sino solo en los casos «difíciles». Para ello se propone que tenga preponderancia la interpretación teleológica, el principio implícito de propiciar y facilitar las inscripciones y el principio administrativo de eficacia. De esta manera, se acentúa o privilegia la circulación de los bienes para facilitar que los activos de las personas lleven una vida paralela como capital y lograr el desarrollo económico.