CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN REGISTRAL DEL CONVENIO Y DEL LAUDO ARBITRAL TRAS LA REFORMA DE LA LEY 11/2011, DE 20 DE MAYO, DE ARBITRAJE.
Palabras clave:
ARBITRAJE, CONVENIO ARBITRAL, LAUDO ARBITRAL, REGISTRO DE LA PROPIEDAD, REGISTRO MERCANTIL, DERECHO CIVIL, DERECHO PATRIMONIAL, DERECHO DE OBLIGACIONESResumen
El convenio arbitral y el laudo deben ofrecer un contenido mínimo para que puedan ser calificados por el registrador y acceder así a los Registros de la Propiedad y Mercantil. Siendo numerosos los autores que estudian el arbitraje, pocos centran su atención en la calificación registral de los títulos arbitrales presentados con este motivo y tampoco lo tratan el Derecho registral -que apenas le dedica un único precepto-, ni la Ley de Arbitraje (2003-2011); más aún, la escasa producción de laudos en nuestro país tampoco invita a discutir la cuestión.