EL PRINCIPIO DEL INTERÉS DEL MENOR Y EL ORDEN DE LOS APELLIDOS.
Palabras clave:
APELLIDOS, PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL MENORResumen
Debe realizarse una interpretación correctora de la Ley del Registro Civil de 1957, en la línea de la LRC de 2011, aún no en vigor, ya que sus aspectos sustantivos son conformes a los principios constitucionales y a los principios generales del ordenamiento jurídico. Por ello el orden de los apellidos debe concretarse atendiendo al principio del interés superior del menor.
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Publicado
31-08-2015
Número
Sección
ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. PARTE GENERAL (2013-2021)
Cómo citar
EL PRINCIPIO DEL INTERÉS DEL MENOR Y EL ORDEN DE LOS APELLIDOS. (2015). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 750, 2213 a 2234. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/1519