La posesión en concepto de dueño como base de la usucapión extraordinaria
Palabras clave:
Usucapión extraordinaria, Posesión en concepto de dueño, Buena fe, Título, Adquisición propiedadResumen
La reciente sentencia del Tribunal Supremo de 11 de febrero de 2016 recoge un nuevo supuesto de usucapión extraordinaria, donde subraya la posibilidad de esta peculiar forma de adquirir la propiedad por quien posee un bien, sin necesidad de un título que se lo hubiera transmitido, y ni siquiera de su buena fe. Es decir, aun a sabiendas de que no es el legítimo propietario del mismo, es posible su adquisición válida por el fenómeno jurídico por todos conocidos de la usucapión extraordinaria.
En este artículo se hace un repaso de cómo la jurisprudencia ha ido delimitando sus requisitos, interpretando que basta una situación posesoria aparencial, en concepto de dueño, durante el plazo legal establecido para alcanzar el dominio. Esa apariencia que genera confianza en los terceros es suficiente para ello. La especial consideración de la posesión en concepto de dueño será objeto de análisis en este trabajo, como presupuesto casi único de dicho tipo especial de usucapión.