La atribución del carácter ganancial y privativo de inmuebles “causa matrimonii” a la luz del sistema (causalista) español. Análisis crítico de la doctrina de la DGRN/DGSJyFP
DOI:
https://doi.org/10.36151/rcdi.2024.804.08Palabras clave:
Causa matrimonii, Causa transmisiva, Causa onerosa, Causa gratuita, Trasvase patrimonial, Comunicación de bienes, Bienes ganancialesResumen
Aunque el sistema transmisivo español obedece al modelo del título y el modo, siendo el primero de esos elementos (el título) una causa transmisiva suficiente para que el posterior modo tenga sentido transmisivo del dominio (artículo 609 CC), la práctica ha puesto de manifiesto que, en gran medida, este esquema no resulta aplicable a los movimientos patrimoniales entre cónyuges casado bajo el régimen económico de sociedad de gananciales. El objeto de este estudio es analizar, respetuosa pero críticamente, la línea que sobre esta materia ha seguido en los últimos años la DGRN–DGSJyFP.
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