El deber de diligencia exigible en la responsabilidad civil del abogado: la ausencia de ejercicio de la acción en el plazo legal
Palabras clave:
Responsabilidad civil, Negligencia profesional, Abogado Deber de diligencia, Código deontológicoResumen
En este artículo se hace un análisis de cómo la jurisprudencia ha ido delimitando el deber de diligencia del abogado a la hora de imputar la responsabilidad civil cuando se produce un daño derivado de su actuación. Para ello, se parte de la regulación legal de los deberes de diligencia del abogado, tomando en consideración su normativa profesional y, en especial, su regulación en el reciente Código Deontológico de la Abogacía; y se establecen las consecuencias jurídicas de su incumplimiento, que se traduce en una responsabilidad disciplinaria y una responsabilidad civil profesional si se cumplen los presupuestos que ha ido precisando la jurisprudencia. A continuación, se analiza la negligencia profesional en relación al supuesto concreto de ausencia del ejercicio de la acción en el plazo legal, la naturaleza jurídica de esta obligación y la carga de la prueba, a través de la jurisprudencia dictada por nuestro Tribunal Supremo, realizando una especial consideración a la reciente sentencia de 10 de junio de 2019.