El alcance de la asunción del riesgo por la víctima en la práctica deportiva y espectáculos de ocio peligrosos

Autores/as

  • LUCÍA COSTAS RODAL

Palabras clave:

Responsabilidad civil, Asunción del riesgo, Relación de causalidad, Imputación objetiva, Riesgo permitido, Culpa

Resumen

Cuando la víctima decide voluntariamente la práctica de la actividad peligrosa, asume con esa práctica el riesgo de padecer el daño que esa realización conlleva. Las prácticas deportivas que entrañan un riesgo para la integridad física de la víctima son un sector de actividad que genera frecuentemente la ocasión de aplicar la asunción del propio riesgo para paralizar el desencadenamiento de la responsabilidad civil en caso de accidente. A los requisitos que deben concurrir para que juegue la asunción del riesgo como causa de exclusión de la responsabilidad civil y a los sectores de actividad en los que se ha venido aplicando se dedicarán las páginas que siguen, incluyendo el caso de que el daño se produzca cuando pasivamente se asiste como mero espectador a determinados espectáculos que pueden entrañar un riesgo, intrínseco a la naturaleza de la actividad, como asistir a un partido de fútbol.

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Publicado

31-12-2020

Número

Sección

ESTUDIOS JURISPRUDENCIALES: DERECHO CIVIL. RESPONSABILIDAD CIVIL (2013-2021)

Cómo citar

El alcance de la asunción del riesgo por la víctima en la práctica deportiva y espectáculos de ocio peligrosos. (2020). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 782, 3945 a 3973. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/827