La jurisprudencia sobre el ejercicio de la compensación en el concurso: compensación de créditos no incluidos en la lista de acreedores.
Palabras clave:
compensación, concurso de acreedores, función solutoria, función de garantía, comunicación de créditos, requisitos para compensarResumen
La compensación de créditos y deudas del concursado constituye un tema clásico del Derecho concursal en el que se enfrentan la función solutoria y de garantía que puede desempeñar este instituto con los fines concursales. La interpretación jurisprudencial ha contribuido a delimitar los requisitos que deben concurrir para su ejercicio en el concurso de acreedores. La comunicación íntegra del crédito del acreedor-deudor in bonis en el concurso no constituye un requisito necesario para solicitar la compensación, ni puede entenderse como una renuncia a compensar.