Cuestiones actuales sobre la responsabilidad parental por los actos lesivos de los hijos adolescentes o grandes menores
Palabras clave:
deberes y responsabilidades de los hijos menores, grandes menores, madurez de los hijos, patria potestad, esponsabilidad civil extracontractual de los padres, culpa in vigilando, culpa in educandoResumen
La justificación histórica de la obligación de responder por los hijos se halla en la idea de cohesión y solidaridad familiar, de los vínculos entre padres e hijos, de la obligación de educarlos, procurarles una formación integral y vigilarlos, deberes todos ellos que constituyen la base de la responsabilidad frente a terceros por los actos dañosos de los miembros del grupo familiar, especialmente de los hijos menores. Sin embargo, en este primer cuarto del siglo XXI resulta procedente reflexionar sobre la regulación de estos deberes y responsabilidades de padres e hijos a la luz de los nuevos modelos de convivencia familiar considerando la trayectoria cada vez más independiente de los hijos adolescentes o grandes menores, del reconocimiento de su madurez, sin olvidar el cambio de paradigma en relación con el ejercicio de la patria potestad que va relegando el papel de los padres a un segundo plano y que deriva, asimismo, en la dificultad de procurar a los hijos esa educación y formación integral (que en ocasiones se arrogan los poderes públicos) y la imposibilidad de vigilarlos convenientemente. Todo ello dificulta el cumplimiento de algunos deberes filiales poco o mal aprendidos y convierte el ejercicio de la patria potestad en una función compleja, ardua y, en ocasiones, “de riesgo”, que transforma la responsabilidad de los progenitores por los actos dañosos de sus hijos en una responsabilidad alejada del concepto de culpa y más próxima a la responsabilidad cuasiobjetiva.
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