Aspectos generales de las cooperativas de viviendas colaborativas en la Ley de Sociedades Cooperativas de Canarias
Palabras clave:
economía social, cooperativas, cooperativas de viviendas colaborativas, principios cooperativos, uso compartidoResumen
El Estatuto de Autonomía de Canarias mandata que corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme con la legislación mercantil, la competencia exclusiva en materia de cooperativas y de entidades de economía social, que se ha cumplido con la promulgación de la Ley de Economía Social de Canarias y la Ley de Sociedades Cooperativas de Canarias. Conceptos y principios de actuación vienen previamente configurados en el marco legislativo general (Ley de Economía Social de Canarias) con la correspondiente delimitación especial a través de la Ley de Sociedades Cooperativas de Canarias. Explorar de manera directa las cooperativas de viviendas colaborativas canarias, hacen que su análisis configure un marco de consecuencias en consonancia con la situación existente en otros marcos legislativos estatales.
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