LA CAPACIDAD JURÍDICA EN LAS PERSONAS FÍSICAS Y EN LOS ENTES MORALES.

Autores/as

  • JOSÉ ENRIQUE BUSTOS PUECHE

Palabras clave:

CAPACIDAD JURÍDICA

Resumen

El estudio parte de la idea de que la capacidad jurídica es siempre una cualidad que reconoce el Ordenamiento jurídico, ya en las personas físicas, ya en los entes morales. Sin embargo, el grado de arbitrio de aquél es muy diferente en uno y otro caso. El Estado no puede por menos de atribuir esa cualidad a la persona, así que exista y dé el razonable indicio de subsistencia. En cambio para reconocer esa capacidad a los grupos sociales, el Estado cuenta con mucha mayor libertad: entre otras cosas no puede renunciar a un control de legalidad sobre los fines y medios del grupo que aspira a convertirse en sujeto de Derecho. El desarrollo del estudio exige, en consecuencia: 1. La justificación de que la capacidad jurídica es una cualidad única. 2. La explicación de esa cualidad en las personas físicas o naturales, lo que obliga a distinguir entre personalidad y capacidad jurídica, distinción meramente nominal pero no sustantiva en los autores. 3. La reflexión de que sea capacidad jurídica en los entes morales, asunto últimamente enturbiado por sedicentes intentos de excluir la intervención del Estado en el reconocimiento de personalidad en las personas morales, so pretexto de que ello viene exigido por el derecho fundamental de asociación. Finalmente, se aplican las meditaciones expuestas al controvertido caso de las sociedades civiles, campo éste en que, como es sabido, se produjo una variación muy notoria y llamativa en la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado, al menos discutible.

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Publicado

01-01-2006

Número

Sección

ESTUDIOS

Cómo citar

LA CAPACIDAD JURÍDICA EN LAS PERSONAS FÍSICAS Y EN LOS ENTES MORALES. (2006). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 693, 63 a 120. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2906