LA ADMINISTRACIÓN Y LA SUPERVISIÓN DEL PATRIMONIO PROTEGIDO CREADO POR LA LEY 41/2003, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

Autores/as

  • SÁNCHEZ-CALERO ARRIBAS, BLANCA

Palabras clave:

PATRIMONIO PROTEGIDO

Resumen

Una de las novedades más importantes introducida por la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad es la previsión de un patrimonio protegido en beneficio de una persona discapacitada, es decir, un conjunto de bienes y derechos -carente de personalidad jurídica propia- vinculado a la satisfacción de las necesidades vitales de su titularbeneficiario y aislado del resto del patrimonio, sometiéndolo a un régimen de administración y supervisión específico. El nombramiento de un administrador y el establecimiento de unas reglas de administración se hace imprescindible para el mantenimiento y la mejora de la productividad del mismo, con la particularidad de que, en el supuesto analizado, la finalidad del patrimonio protegido es cubrir las necesidades vitales de su beneficiario. La extensión de las facultades del administrador depende de si el beneficiario tiene o no capacidad de obrar suficiente; entre ellas destaca el otorgamiento a éste de la representación legal sobre los bienes que componen el citado patrimonio. La Ley no ha establecido, como correlativo al régimen de administración específico, la previsión de que el patrimonio protegido responda únicamente de sus propias deudas, lo que supone un obstáculo para el cumplimiento de la finalidad de protección de las personas con discapacidad, a la que la Ley se dirige. Por último, dada la especial situación en la que se encuentran las personas con discapacidad, es indispensable, además, fijar un sistema de supervisión de la actuación del administrador, sobre todo en los casos en los que el beneficiario no tiene capacidad de obrar suficiente, el cual corre a cargo del Ministerio Fiscal.

Publicado

01-01-2006

Número

Sección

ESTUDIOS

Cómo citar

LA ADMINISTRACIÓN Y LA SUPERVISIÓN DEL PATRIMONIO PROTEGIDO CREADO POR LA LEY 41/2003, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. (2006). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 695, 1057 a 1097. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2868