POR LA FIANZA SE OBLIGA UNO A PAGAR O CUMPLIR POR UN TERCERO EN EL CASO DE NO HACERLO ÉSTE.

Autores/as

  • MORATILLA GALÁN, ISABEL

Palabras clave:

FIANZA

Resumen

La fianza puede ser un contrato pactado entre el garante y el acreedor -contrato típico del que nace la obligación fideusoria disciplinada en el Código Civil-, pero también puede ser una descripción de la obligación fideusoria del garante, cuya fuente no se halla en el contrato típico de fianza, como sucede en la solidaridad pasiva, en el mandato de crédito, en el seguro de caución, en la comisión de garantía o en el endoso.

Publicado

31-08-2006

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. OBLIGACIONES Y CONTRATOS (2005-2012)

Cómo citar

POR LA FIANZA SE OBLIGA UNO A PAGAR O CUMPLIR POR UN TERCERO EN EL CASO DE NO HACERLO ÉSTE. (2006). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 696, 1642 a 1652. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2844