LÍNEAS GENERALES DEL DERECHO REGISTRAL PORTUGUÉS.
Palabras clave:
PORTUGAL, REGISTROResumen
El presente trabajo constituye una sucinta exposición de las líneas generales a través de las cuales se dibuja el sistema registral portugués. El punto de partida es una exposición descriptiva de los requisitos formales que han de revestir los títulos que tienen acceso al Registro, genéricamente documentos públicos, aunque esta regla se quiebra en ocasiones con el fin de facilitar el tráfico frente a las mayores exigencias de la escritura pública en términos de tiempo y costes. Una vez presentado el título, se someterá a la calificación registral como paso previo a la inscripción solicitada. El alcance de esta calificación se determina conforme a lo dispuesto en el artículo 68 del Código del Registro Predial en conexión con otras normas cuyo análisis conjunto permite definir de manera precisa los términos en los que se centra esta actuación registral. El último aspecto de este estudio se proyecta en el marco de los efectos de la inscripción practicada, cuestión un tanto polémica en la medida en que no existe unanimidad en torno a la existencia de una verdadera fe pública registral, sino más bien, quizá, una oponibilidad que trata de acercarse a aquélla sin llegar a materializarse como tal, siendo estos contornos difusos el reflejo de la actual situación del Registro portugués, en transición desde los esquemas franceses a otros más próximos al modelo registral español.