SECUESTRO DEL LENGUAJE JURÍDICO Y DE LA LEGALIDAD. LA SEGURIDAD JURÍDICA.
Palabras clave:
LENGUAJE Y SEGURIDAD JURÍDICAResumen
Cuando se trata de la búsqueda de iniciativas individuales para una mejora de la convivencia -Workshop promovido por el Instituto Internacional de Sociología Jurídica, de Oñati, 2006- hay que subrayar su oportunidad, y también, su urgencia. Queda más atrás -al tiempo- toda esa problemática de una sociedad multicultural y de una globalización que afecta igualmente a instituciones públicas -como la del Registro de la Propiedad-, en cuanto instrumento de seguridad jurídica personal en cuanto a bienes inmuebles y derechos reales. Hay también una patología y fenomenología de diversa índole -ideológica, educativa, burocrática-administrativa, política, etc.-. Pero, desde una óptica o perspectiva iusfilosófica, junto a la descripción de tal situación, concurren dos aspectos precisos: Primero, el secuestro del lenguaje jurídico, en la operatividad social (todo lo contrario de la claridad orteguiana), que a veces se refugia en las «alternativas» del Derecho. Y, segundo, las desviaciones del principio de legalidad, aplicable tanto a las conductas personales, y que erosionan la dignidad de lo humano, como a las estructuras del poder -democrático o no- aunque se presente con mayor gravedad en este último. La «nominación del lenguaje», o su «secuestro» en el orden jurídico, singularmente por quienes detectan el poder social, nos hace volver a un nominalismo anacrónico. Porque las palabras tienen un sentido, incluso histórico, que agudiza la viveza «sintiente» del Derecho. Y al mismo tiempo, nos facilita la comprensión del «próximo», del «otro», del «prójimo», del «tercero», entre su libertad y la mía. La erosión del principio de legalidad, inmersa en la Declaración Universal de Derechos Humanos, nos desliza hacia un relativismo jurídico, que termina por mermar las iniciativas para un mejoramiento de la convivencia, y aun la pone en peligro.