LAS ASOCIACIONES EN LA JURISPRUDENCIA PERUANA ACTUAL.
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ASOCIACIONES PERÚResumen
El derecho de asociación es consagrado en la Constitución Política del Perú como uno fundamental de todas las personas, que puede definirse como derecho «a asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley (...)» (inc. 13, art. 2). Concordantemente y dentro del ámbito legislativo, el Código Civil desarrolla algunas de las personas jurídicas y organizaciones existentes en el ordenamiento jurídico peruano, tales como la asociación, fundación, comité, etc. A efectos de conocer los alcances del referido ordenamiento, en especial en materia de asociaciones, se hace necesario el conocimiento de la legislación, la doctrina y la jurisprudencia. El presente trabajo centra su interés en la denominada jurisprudencia registral, es decir, las decisiones de los órganos encargados de interpretar y aplicar las normas y la doctrina en casos concretos. En ese sentido, se revisarán los alcances de la regulación actual de las asociaciones en el Perú, la jurisprudencia registral vinculada a su órgano máximo deliberante, es decir, la asamblea general de asociados -órgano conformante de la voluntad social-, y sus principales aspectos (convocatoria, quórum y mayorías), la asamblea general de regularización, su órgano gestor y representativo, léase, el consejo directivo (junta directiva) y sus aspectos documentales (actas, libros, etc.).