FUNCIONAMIENTO DE LOS DESPACHOS DE ABOGADOS.

Autores/as

  • GLORIA ORTEGA REINOSO

Palabras clave:

ABOGADOS

Resumen

De los despachos de abogados, que son sociedades profesionales externas, surge una organización que, frente a otras sociedades, presenta algunas especialidades derivadas de su objeto social, que impone, como punto de partida, que dicha organización no puede cercenar los principios caracterizadores del ejercicio profesional y, en concreto, la libertad y la independencia con las que los socios profesionales han de desarrollar su actividad profesional en la sociedad, ni los específicos de cada profesión, como es el secreto profesional en la Abogacía. De otro lado, el abogado que se integra en un despacho lo hace con la intención de obtener unos beneficios que le permitan hacer frente a sus necesidades económicas cotidianas, por lo que ha de estar prevista una remuneración periódica para los socios profesionales, que procederá de las ganancias obtenidas por la sociedad. Ambos aspectos, gestión social y participación en los resultados sociales, se analizan a continuación en lo que ha de considerarse como una teoría general de las sociedades profesionales, para posteriormente ver la regulación contenida en el Estatuto General de la Abogacía Española y en el Código de la Abogacía Catalana, repasando, también, lo que sobre estos aspectos ha previsto el recientemente aprobado Proyecto de Ley de Sociedades Profesionales.

Publicado

01-01-2007

Número

Sección

DICTÁMENES Y NOTAS

Cómo citar

FUNCIONAMIENTO DE LOS DESPACHOS DE ABOGADOS. (2007). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 699, 175 a 215. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2765