LA TRANSEXUALIDAD Y EL CAMBIO DE LA MENCIÓN DE SEXO Y DE NOMBRE. (SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2007)
Palabras clave:
TRANSEXUALIDAD Y CAMBIO DE NOMBREResumen
Los transexuales, una vez cumplidos los requisitos que la ley establece, pueden obtener el cambio de la mención de sexo, y de nombre, y el tratamiento como persona del sexo deseado, sin requerir el tratamiento quirúrgico que, de acuerdo con la jurisprudencia anterior a la Ley 3/2007, era conditio sine qua non del cambio.
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Publicado
29-02-2008
Número
Sección
ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. PARTE GENERAL (2005-2012)
Cómo citar
LA TRANSEXUALIDAD Y EL CAMBIO DE LA MENCIÓN DE SEXO Y DE NOMBRE. (SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2007). (2008). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 705, 367 a 375. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2639