EL CONTROL REGISTRAL DE LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS EN EL PRÉSTAMO HIPOTECARIO.
Palabras clave:
CLÁUSULAS ABUSIVAS, CALIFICACIÓN REGISTRALResumen
En este artículo se ha pretendido analizar, aunque sea someramente, el alcance de la calificación registral sobre las cláusulas abusivas de un préstamo hipotecario. En principio, el control de las cláusulas abusivas está reservado a los Tribunales, tal y como establece la Ley de Condiciones Generales de la Contratación y confirma el propio artículo 258.2 LH. No obstante, se plantea desde estas líneas si la calificación del Registrador puede extenderse a determinadas cláusulas, que aunque no han sido declaradas nulas, pueden considerarse nulas o abusivas por el Registrador, y rechazar, en consecuencia, su inscripción. Es decir, se pretende dilucidar si puede o no existir un control registral de las cláusulas abusivas por los Registradores, al margen del que establecen los Tribunales, analizándolo dentro del préstamo hipotecario.