LA CORRECCIÓN DOCTRINAL SOBRE LA NO OBLIGATORIEDAD DEL DEPÓSITO DEL INFORME DEL AUDITOR DE CUENTAS ABREVIADAS NOMBRADO CON CARÁCTER VOLUNTARIO.

Autores/as

  • FRANCISCO REDONDO TRIGO

Palabras clave:

INFORME DEL AUDITOR DE CUENTAS

Resumen

La Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de 10 de julio de 2007, viene a rectificar acertadamente la anterior doctrina del Centro Directivo manifestada en la Resolución de 25 de agosto de 2005, en cuanto a la no obligatoriedad del depósito del informe del auditor de cuentas de la sociedad nombrado con carácter voluntario, cuando dicha sociedad pueda formular cuentas abreviadas.

Publicado

01-01-2008

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO MERCANTIL (2005-2012)

Cómo citar

LA CORRECCIÓN DOCTRINAL SOBRE LA NO OBLIGATORIEDAD DEL DEPÓSITO DEL INFORME DEL AUDITOR DE CUENTAS ABREVIADAS NOMBRADO CON CARÁCTER VOLUNTARIO. (2008). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 705, 441 a 449. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2630