NUEVO MARCO LEGAL DE LOS PACTOS SUCESORIOS EN EL DERECHO FRANCÉS.

Autores/as

  • Montserrat Pereña Vicente

Palabras clave:

PACTOS SUCESORIOS EN FRANCIA

Resumen

El Derecho francés, como el español, prohíbe con carácter general los pactos sobre la herencia futura. Sin embargo, se admiten algunas excepciones a esta prohibición, y la Ley de 23 de junio de 2006 ha ampliado el número de pactos permitidos en el Código de Napoleón. Dos de estas nuevas excepciones son la donación-partición transgeneracional y la renuncia a la acción de reducción en caso de que se vulnere la legítima. Con ellas se pretende ampliar el margen de libertad del causante permitiéndole, incluso, que disponga de toda la herencia, incluida la legítima, a favor de alguien que no sea legitimario. Sin embargo, y a pesar de la trascendencia de las nuevas normas, no se puede olvidar que la regla general sigue siendo la prohibición de pactos sobre la herencia futura, principio que debe iluminar la interpretación de los que la Ley de 2006 incorpora al Code.

Publicado

31-12-2008

Número

Sección

DERECHO COMPARADO, ESTUDIOS

Cómo citar

NUEVO MARCO LEGAL DE LOS PACTOS SUCESORIOS EN EL DERECHO FRANCÉS. (2008). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 710, 2485 a 2500. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2526