EFECTOS DE LA RUPTURA DE LA PAREJA DE HECHO DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN CONJUNTA.
Palabras clave:
PAREJA DE HECHO, ADOPCIÓNResumen
Habiéndose solicitado la adopción por una pareja de hecho en cuanto constituyen una unión familiar, no puede atenderse la petición de adopción individual, pues ello supondría alteración de la causa petendi y del objeto del procedimiento, lo que supone la carencia de legitimación de la favorecida por la adopción. Falta de legitimación apreciada de oficio, por tratarse de una cuestión de orden público.
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Publicado
31-12-2009
Número
Sección
ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. FAMILIA (2005-2012)
Cómo citar
EFECTOS DE LA RUPTURA DE LA PAREJA DE HECHO DURANTE LA TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN CONJUNTA. (2009). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 716, 3162 a 3166. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2382