INDEMNIZACIÓN POR LAS LESIONES Y SECUELAS DERIVADAS DE UNA CAIDA EN UN RESTAURANTE.
Palabras clave:
LESIONES, CULPA DE LA VICTIMA, RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACUTALResumen
Los cimientos de la responsabilidad por daños se sustentan en el principio de culpa. Sin embargo, la evolución sufrida en ésta materia, sobre todo por la transformación de la sociedad, se ha dirigido hacia fundamentos distintos. De tal forma que la imputación viene determinada por quien crea el riesgo en una determinada actividad. Ahora bien, es preciso delimitar a qué tipo de riesgo nos estamos refiriendo y si cada actividad profesional está vinculada a un tipo de riesgo específico, fuera del cual no sería de aplicación la teoría del riesgo, sino más bien aplicar el criterio de responsabilidad subjetiva basada el la culpa del causante.