LA INSCRIPCIÓN DE LA CLÁUSULA DE SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD.

Autores/as

  • GOÑI RODRÍGUEZ DE ALMEIDA, Mª

Palabras clave:

SUSITUCIÓN FIDEICOMISARIA, INSCRIPCIÓN

Resumen

La cláusula de sustitución fideicomisaria implica un doble llamamiento hereditario a favor de dos personas sucesivas, de forma que el primer heredero debe conservar los bienes para transmitirlos al segundo. Esto supone una limitación del poder de disposición del primer llamado -fiduciario- sobre dichos bienes que debe conservar para entregar al segundo -fideicomisario-. Por eso, es necesario que dicha cláusula conste y se inscriba en el Registro de la Propiedad cuando afecte a bienes inmuebles. Se analizan en este trabajo los requisitos de dicha inscripción, y la especial aplicación del principio de especialidad registral a la misma, derivada de la propia necesidad de determinación civil de la sustitución fideicomisaria.

Publicado

28-02-2011

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO CIVIL. DERECHOS REALES (2005-2012)

Cómo citar

LA INSCRIPCIÓN DE LA CLÁUSULA DE SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. (2011). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 723, 535 a 550. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2198