MEMORIAS Y CÉDULAS TESTAMENTARIAS: REVISIÓN JURISPRUDENCIAL SOBRE EL TESTAMENTO OLÓGRAFO Y SUS REQUISITOS Y CARACTERÍSTICAS SEGÚN EL DERECHO COMÚN, FORAL CATALÁN Y NAVARRO.
Palabras clave:
MEMORIAS Y CÉDULAS TESTAMENTARIAS, TESTAMENTO OLÓGRAFO, TESTAMENTO EN PELIGRO DE MUERTEResumen
Las memorias o cédulas testamentarias, como manifestaciones de última voluntad escritas de puño y letra del causante referenciadas en otro testamento, eran viejas conocidas por la práctica, doctrina y jurisprudencia antecedentes al Código Civil. Así, tempranamente, el Tribunal Supremo ratificó su valor jurídico como elemento integrante de los testamentos de referencia, siempre y cuando fuesen mencionados en él. Por su parte, y desde la entrada en vigor del Código Civil, en el Derecho Común sólo desplegarán eficacia, caso de reunir idénticos presupuestos que el testamento ológrafo -mayoría de edad, autografía, fecha y firma, así como su adveración y protocolización-, por lo que bien puede ser calificada como testamento ológrafo complementario de otro testamento. A estas y otras cuestiones controvertidas se dedicará este trabajo, teniendo en cuenta la jurisprudencia más reciente pronunciada sobre la materia, y la forma como garantía de la auténtica voluntad testamentaria.