CONSTITUCIÓN DE LA TUTELA. NOMBRAMIENTO, CAPACIDAD Y CAUSAS DE INHABILIDAD DEL TUTOR.
Palabras clave:
TUTOR, MENORES E INCAPACITADOSResumen
Para la protección de la persona o bienes de los menores no emancipados y los incapacitados, se arbitran una serie de instituciones tutelares, entre las que hay que destacar la tutela. Tras la reforma operada por la Ley 13/1983, de 24 de octubre, se instaura el sistema de tutela de autoridad y la constitución de la tutela es esencialmente judicial, sin perjuicio de cierto margen que se concede al ejercicio de la autonomía de voluntad como la designación de tutor por los padres en testamento o documento público notarial, o en documento de autotutela otorgado por el futuro incapacitado, mientras tenga plena capacidad de obrar. En este contexto, el presente estudio se va a centrar en analizar la constitución de la tutela, esencialmente en lo relativo a su nombramiento, y a la capacidad e idoneidad exigible para ocupar el cargo de tutor, para lo cual no solo haremos referencia a las resoluciones judiciales existentes en relación con la materia, sino también a las aportaciones doctrinales que han pretendido dar soluciones a la problemática surgida en relación con la misma.