LA CONSIDERACIÓN DEL SEXO DEL ASEGURADO COMO FACTOR DE RIESGO EN LOS CONTRATOS DE SEGURO CONSTITUYE UNA DISCRIMINACIÓN.

Autores/as

  • BÁRBARA DE LA VEGA JUSTRIBÓ

Palabras clave:

DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE SEXO, PRIMA DEL CONTRATO DE SEGURO

Resumen

La STJUE (Gran Sala), de 1 de marzo de 2011, en el Asunto C-236/09, declara inválido el apartado segundo del artículo 5 de la Directiva 2004/113/CE, que permite a los Estados miembros establecer o no la existencia de primas y prestaciones diferenciadas por sexos. Los mecanismos de determinación de la prima que tengan en consideración el sexo serán nulos, a partir del 21 de diciembre de 2012. Esta política tarifaria provocará, probablemente, un incremento de las primas, lo que requiere una modificación legislativa en la regulación del Derecho de seguros español.

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Publicado

01-01-2011

Número

Sección

ANÁLISIS CRÍTICO DE JURISPRUDENCIA. DERECHO MERCANTIL (2005-2012)

Cómo citar

LA CONSIDERACIÓN DEL SEXO DEL ASEGURADO COMO FACTOR DE RIESGO EN LOS CONTRATOS DE SEGURO CONSTITUYE UNA DISCRIMINACIÓN. (2011). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 728, 3587 a 3606. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2065