LUCES Y VISTAS SOBRE TEJADO CIEGO.
Palabras clave:
LUCES Y VISTAS, TEJADO CIEGOResumen
La regulación del Código Civil español sobre las luces y vistas no diferencia según las características del fundo sobre el que se proyectan las vistas, en atención a si recaen sobre tapia, pared, muro o tejado ciegos, o si el terreno o solar contiguo tiene el carácter de abierto o cerrado. Este trabajo aborda las luces y vistas que recaen sobre tejado ciego y, por tanto, no vulneran el derecho a la intimidad y a la privacidad del propietario del fundo contiguo. Analiza desde la actual regulación jurídica, la posesión que generan esos huecos, la configuración de los vanos o ventanas, la oposición del dueño del fundo vecino, el derecho a sobreelevar pared adosada que cubra o tape esos huecos, la constitución de servidumbre y su eventual adquisición por prescripción. El estudio finaliza con una propuesta de la autora de régimen jurídico de las luces y vistas sobre tejado ciego.