EL AUTOMATISMO EN LA ACCESIÓN INMOBILIARIA.

Autores/as

  • GUILLERMO CERDEIRA BRAVO DE MANSILLA

Palabras clave:

ACCESIÓN PROPIEDAD

Resumen

 Frente a la tesis doctrinal mayoritaria y unánime de nuestra jurisprudencia que entiende la accesión del artículo 361 del Código Civil, sobre construcción en suelo ajeno, condicionada a la opción elegida por el dueño del suelo invadido y al pago efectivo de lo accedido (sea la obra o el suelo), en este trabajo se entiende que la del artículo 361 del Código Civil, como toda accesión inmobiliaria en general, opera automáticamente con la incorporación de la obra al suelo, de conformidad con el tradicional principio superficies solo cedit que para toda accesión inmobiliaria consagra el artículo 358 del Código Civil.   Las ventajas prácticas que ofrece esta tesis —que aquí no se van a desvelar, como tampoco se descubre su fundamento jurídico— contrastan con los innumerables inconvenientes que en la realidad provoca el diferir y condicionar de aquel modo la accesión: así, por ejemplo, ¿a quién corresponde la propiedad del edificio mientras el dueño del suelo decide y después se paga lo debido: al que lo construyó, al dominus soli, o tal vez a ninguno de ellos?; ¿y a quién su posesión? ¿Cabe retener la obra como garantía del pago de lo accedido? ¿Cabría usucapir la propiedad de la obra levantada, o incluso la del suelo invadido, mientras transcurra el tiempo sin que el dueño del suelo reaccione de algún modo ante la invasión? Y, una vez tomada la decisión y pagado lo debido, ¿operará la accesión retroactivamente al momento de incorporación de la obra al suelo, al momento de la decisión, u operará irretroactivamente desde el pago? Son casi todos interrogantes, como tantos otros, que en la tesis de la accesión automática ni siquiera se suscitan o se resuelven de un modo muy sencillo.

Descargas

Los datos de descarga aún no están disponibles.

Publicado

01-01-2012

Número

Sección

ESTUDIOS

Cómo citar

EL AUTOMATISMO EN LA ACCESIÓN INMOBILIARIA. (2012). Revista Crítica De Derecho Inmobiliario, 729, 43 a 109. https://revistacritica.es/rcdi/article/view/2038