CONDOMINIO VERSUS SOCIEDAD. EL ÁNIMO DE LUCRO EN LAS COMUNIDADES DE BIENES.
Palabras clave:
COMUNIDAD DE BIENES Y SOCIEDAD, ÁNIMO DE LUCROResumen
El caso visto por la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid trata sobre la clásica distinción entre la comunidad de bienes y la sociedad, haciendo especial hincapié en el ánimo de lucro como nota distintiva entre ambas figuras, lo cual no puede compartirse, ya que dicha caracterización supone una visión, no solo parcial de la tradicional problemática, sino contraria a las posibilidades que nuevas figuras vienen ofreciendo en el tráfico jurídico como es la comunidad incidental, así como a la superación del ánimo de lucro como nota consustancial del contrato de sociedad.