CONTRATACIÓN TRANSNACIONAL Y ACCESO A LA JUSTICIA: MECANISMOS DE RESOLUCIÓN ELECTRÓNICA DE DISPUTAS.
Palabras clave:
ADR, ODR. MEDIACIÓN. ARBITRAJEResumen
El comercio electrónico transnacional y de escasa cuantía tiende a crecer y con ello también, indefectiblemente, los conflictos. Confiar en la jurisdicción su gestión en exclusiva es privar a los consumidores de un canal adecuado para el efectivo ejercicio de sus derechos, al imponer un iter de costes excesivos y negar la posibilidad de soluciones ajustadas a sus necesidades. Por esta razón, la Unión Europea vuelca sus esfuerzos, desde hace más de una década, en su desarrollo y las Naciones Unidas ha constituido muy recientemente un grupo de expertos (WG III) dedicado a la formación de un adecuado marco normativo. Se defiende, en este trabajo, la oportunidad de una Ley modelo CNUDMI, porque esta modalidad permite la armonización progresiva de los distintos sistemas jurídicos y una adaptación flexible y respetuosa con los valores culturales de cada entorno cultural. Se sugiere asimismo que venga acompañada de un instrumento optativo (IO) que aglutinaría las reglas, estándares, principios y conjunto de normas del comercio electrónico que gozan de reconocimiento internacional, dotando a las transacciones transnacionales de escasa cuantía y a sus conflictos de un adecuado entorno normativo con un elevado nivel de protección, equivalente al existente en la actualidad para los consumidores y para las relaciones asimétricas. En el presente trabajo se analizan también algunas sensibles cuestiones de naturaleza jurídica y técnica que afectan a la dinámica de los mecanismos RLL.